ÍNDICE
REGLAMENTO DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRAULICO QUE DESARROLLA LOS TÍTULOS PRELIMINAR, I, IV, V, VI Y VII DE LA LEY 29/1985, DE 2 DE AGOSTO DE AGUAS
TÍTULO PRELIMINAR.- Artículo 1.
TÍTULO PRIMERO.- Del dominio
público hidráulico del Estado. Art. 2 al 15.
CAPÍTULO PRIMERO.- DE LOS BIENES QUE LO INTEGRAN.
CAPÍTULO II.-
DE LOS CAUCES, RIBERAS Y MÁRGENES.
CAPÍTULO III.-
DE LOS LAGOS, LAGUNAS, EMBALSES Y TERRENOS INUNDABLES.
CAPÍTULO IV.-
DE LOS ACUÍFEROS SUBTERRÁNEOS.
TÍTULO II.- De la
utilización del dominio público hidráulico. Art. 16 al 231. Sección 1.ª Disposición general. Sección 1.ª Usos comunes. Principios
generales. Sección 1.ª La concesión de aguas en general. Sección 1.ª Normas generales.
CAPÍTULO PRIMERO.- SERVIDUMBRES
LEGALES.
Sección 2.ª Servidumbre de acueducto.
Sección 3.ª Otras servidumbres.
Sección 2.ª Usos comunes especiales. Normas generales.
Sección 3.ª Autorizaciones para navegación y flotación.
Sección 4.ª Autorizaciones para el establecimiento de barcas de paso y sus embarcaderos.
Sección 5.ª Otras autorizaciones.
Sección 6.ª Autorizaciones en zona de policía.
Sección 7.ª Usos privativos por Disposición legal.
Sección 8.ª Extinción del derecho al uso privativo.
Sección 9.ª Régimen de explotación de los embalses superficiales y acuíferos
subterráneos. Asignaciones y reservas de recursos.
Sección 2.ª Normas generales de procedimiento.
Sección 3.ª Normas complementarias de procedimiento.
Sección 4.ª Tramitación de concesiones de aguas para abastecimiento de poblaciones y
urbanizaciones.
Sección 5.ª Tramitación de concesiones de obras e instalaciones en el dominio público
hidráulico.
Sección 6.ª Especialidades en la tramitación de otras concesiones.
Sección 7.ª Novación de concesiones.
Sección 8.ª Modificaciones de las características de las concesiones.
Sección 9.ª Revisión de las concesiones.
Sección 10. Extinción de las concesiones.
Sección 11. Alumbramiento y utilización de aguas subterráneas.
Sección 12. Del Registro de Aguas.
Sección 2.ª Órganos de las Comunidades de Usuarios y régimen de sus acuerdos.
Sección 3.ª Normas complementarias.
TÍTULO III.- De la
protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas continentales.
Art. 232 al 283. Sección 1.ª Normas generales. Sección 1.ª Autorizaciones de vertido.
CAPÍTULO PRIMERO.- NORMAS GENERALES, APEO Y DESLINDE
DEL DOMINIO PÚBLICO Y ZONAS DE PROTECCIÓN.
Sección 2.ª Apeo y deslinde .
Sección 3.ª Zonas de protección.
Sección 2.ª Empresas colaboradoras.
Sección 3.ª Sustancias contaminantes.
Sección 4.ª Establecimiento de instalaciones industriales.
Sección 5.ª Suspensión y revocación de las autorizaciones.
Sección 6.ª Empresas de vertido.
CAPÍTULO IV.-
DE LOS AUXILIOS DEL ESTADO.
CAPÍTULO V.-
DE LAS ZONAS HÚMEDAS.
TÍTULO IV.- Del régimen
económico-financiero de la utilización del dominio público hidráulico. Art. 284 al
313.
CAPÍTULO
PRIMERO.- CANON DE OCUPACIÓN.
CAPÍTULO II.- CANON DE VERTIDO.
CAPÍTULO III.- CANON DE REGULACIÓN Y TARIFAS.
CAPÍTULO IV.- ACTOS DE LIQUIDACIÓN.
TÍTULO V.- De las infracciones y
sanciones y de la competencia de los Tribunales. Art. 314 al 342.
CAPÍTULO
PRIMERO.- INFRACCIONES Y SANCIONES.
CAPÍTULO II.- COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES.